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Por unanimidad

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por partido político contra Dirección del Trabajo por dictamen sobre pago de remuneraciones por emergencia sanitaria del Covid-19.

El recurrente estimó vulneradas las garantías del artículo 19 numerales 2, 16 y 18 de la Constitución Política de la República.

28 de abril de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección deducido por el Partido Radical de Chile en contra de la Dirección del Trabajo por el Dictamen 1283/006, de fecha 26 de marzo de 2020, respecto del pago de las remuneraciones y otras prestaciones laborales por la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19.

El recurrente estimó vulneradas las garantías del artículo 19 numerales 2, 16 y 18 de la Constitución Política de la República.

La Corte de Santiago  indicó que, del contenido de la presentación efectuada en autos no aparecen hechos que formen parte de aquellas materias que puedan ser conocidas por esta vía, por cuanto lo reclamado recayó sobre un dictamen administrativo de la Dirección del Trabajo que forma parte del ejercicio de sus funciones, cuyo contenido y aplicación del mismo deberá ser discutido por los mecanismos jurisdiccionales correspondientes. Razones por las que se declaró inadmisible el recurso de protección.

La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 39660-2020 y de la Corte de Santiago Rol N° 28678-2020.

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