Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS rechazó amparo deducido por condenado en contra del TOP de Viña del Mar frente a negativa a unificar penas de delitos contra la propiedad.

Máximo Tribunal señaló que no se reúnen los requisitos legales para hacer procedente la nueva unificación de penas pretendida por el recurrente.

Por Redacción·18 de mayo de 2020·4 min de lectura
CS rechazó amparo deducido por condenado en contra del TOP de Viña del Mar frente a negativa a unificar penas de delitos contra la propiedad.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y en su lugar rechazó amparo deducido por condenado e interno en el Complejo Penitenciario de Valparaíso en contra de la negativa del Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del mar a unificar las penas en su contra por tres delitos contra la propiedad.

El amparado señala en su libelo que en causa RIT 316-2009 fue condenado por sentencia de fecha 24 de diciembre de 2009, como autor de dos delitos de robo con violencia, en grado de desarrollo consumado y tentado, y como autor de un delito de robo calificado, cometidos respectivamente el 24 de octubre de 2008, 1 de diciembre de 2008 y 25 de enero de 2009, a las penas de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales, por cada uno de los primeros delitos, y a la pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo, accesorias legales, por su responsabilidad en el delito de robo calificado.

Refiere que el 8 de octubre del 2019 solicitó al tribunal recurrido la adecuación de pena, teniendo presente la entrada en vigencia de la Ley 20.931 que suprimió la agravante especial de responsabilidad penal prevista en el artículo 456 bis N°3 del Código Penal. Así, el Tribunal el 25 de octubre del 2019, acoge la solicitud antes señalada, sólo en cuanto las condenas impuestas al amparado se rebajan y adecuan en dos penas de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, por los dos delitos de robo con violencia, y una pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio, por el delito de robo calificado.

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