Con dos votos en contra.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por particulares contra SEA de Región de Antofagasta y de su Director Regional por dictación de resolución que resolvió consulta de ingreso de proyecto al SEA.
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 8 y 24.

Con dos votos en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Antofagasta que rechazó un recurso de protección deducido por particulares en contra de Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y de su Director Regional por la dictación de la resolución que resolvió consulta de ingreso de un proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Antofagasta y de su Director Regional por la dictación de la Resolución Exenta 207/2019, de 7 de agosto de 2019, por el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta, que resolvió consulta de pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “Campaña de exploración de minerales no metálicos en el Salar de Atacama".
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, 8 y 24.
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