En fallo dividido.
Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró inconstitucional la ley estatal de Río de Janeiro sobre medidas contra el envenenamiento por pintura para trabajadores.
El máximo Tribunal brasileño manifestó que hubo una invasión de la competencia privada del Estado Federal para legislar sobre legislación laboral.

El Plenario del Supremo Tribunal Federal (STF) declaró inconstitucional la Ley estatal 4735/2006, de Río de Janeiro (RJ), que establece la adopción de medidas para prevenir la intoxicación de los trabajadores por sustancias químicas presentes en pinturas y corrosivos.
Respecto a los hechos, consta que la ley estatal también condiciona el uso de recubrimientos y pinturas anticorrosivas para probar la toxicidad para la salud del trabajador y el medio ambiente. En la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI), la Confederación Nacional de la Industria (CNI) sostuvo que, además de la violación de la competencia exclusiva del Estado Federal para legislar sobre la Ley del Trabajo (artículo I del artículo 22 de la Constitución Federal), el comercio interestatal se vería comprometido. Según la confederación, la norma impone obligaciones y sanciones a las industrias en Río de Janeiro que fabrican sustancias químicas como pinturas y agentes anticorrosivos.
Al respecto, la Magistratura constitucional brasileña discutió si el tema concierne a la legislación laboral, el comercio interestatal o la salud y el medio ambiente, para decidir si hubo o no una usurpación de competencia. En este sentido, afirmó que la comprensión el interés local en la preservación de la salud pública no legitima a las entidades subnacionales para emitir reglas de seguridad en el trabajo y protección de la salud de los trabajadores, que pertenecen a la competencia exclusiva del Estado Federal.
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