Primera Sala.
TC declara admisible inaplicabilidad que impugna norma que regula recurso de apelación respecto de decisiones de la Comisión Nacional de Acreditación.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declare la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

El Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la frase “en conformidad con lo establecido en los dos artículos precedentes”, contenida en el inciso primero del artículo 23 de la Ley N° 20.129, que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección, de que conoce la Corte de Temuco, en que la Universidad Autónoma de Chile, pretende dejar sin efecto la resolución del Consejo Nacional de Educación que declaró inadmisible la apelación deducida en contra de la decisión de no acoger un recurso de reposición contra la resolución que la acreditó por 4 años.
La requirente estima que el precepto impugnado limita la posibilidad de recurrir de apelación ante el CNED de una decisión crucial, cual es un juicio de acreditación institucional por una cantidad menor a los años que establece el inciso primero del artículo 20 de la misma ley. En específica, aduce conculcados los derechos de igualdad ante le ley, por establecer una desigualdad legal sustancial dado que mientras todos los administrados tienen derecho a un doble conforme, la Universidad Autónoma ha sido privada de éste sin una justificación razonable y proporcional; también, el derecho al debido proceso, por estar injustificadamente un medio procedimental existente dejando a la entidad en un verdadero estado de indefensión; la libertad de enseñanza, ya que la decisión impugnada puede limitar severamente su capacidad de desarrollar el proyecto académico que se ha auto trazado, al poderse ver limitado en la fijación de vacantes, apertura de carreras y nuevas sedes.
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Admite a trámite.
Primera Sala del TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que impide a empresa ejecutada a oponer excepción de compensación, en virtud de préstamo realizado a extrabajadora.

Segunda Sala.
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