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Moción presentada en la Cámara de Diputados.

Se busca facultar al Ministerio Público para dirigir la investigación del paradero de personas prófugas de la justicia.

Mediante modificaciones al Código Procesal Penal.

6 de julio de 2020

La Moción busca otorgar al Ministerio Público la función de dirección de la investigación de las personas prófugas, a fin de poner las mismas a disposición de la justicia.
El proyecto se fundamenta en que, la legislación actual, no otorga atribución alguna al Ministerio Público que le permita constituirse como órgano a cargo de la dirección de la investigación del paradero de la persona prófuga, aun cuando éste cuenta con herramientas técnicas y materiales que les permitirían desarrollar con éxito dicha investigación.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca agregar un nuevo inciso quinto en el artículo 129 del Código Procesal Penal y establece al Ministerio Público como órgano al que le corresponderá la dirección de la investigación destinada a dar con el paradero de las personas que se encuentran prófugas y ponerlas a disposición de la Justicia, cuando el tribunal competente así lo requiera.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13584-07.

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