Inadmisible.
CS confirma inadmisibilidad de acción de protección deducida en contra de la Sociedad Educacional Colegio Centenario S.A. por incumplimiento contractual.
Se denuncia un conflicto contractual y reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en un procedimiento de lato conocimiento.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible la acción de protección deducida por un apoderado en contra de la Sociedad Educacional Colegio Centenario S.A. por incumplimiento contractual.
El actor sostuvo que el recurrido suspendió las clases presenciales debido a la crisis sanitaria de público conocimiento. Agrega que actualmente, los servicios educacionales no se están prestando en la forma en que fueron contratados, pues los contenidos se están impartiendo de manera virtual con clases a distancia, sin embargo, la homologación de clases presenciales a clases virtuales ha significado que las materias impartidas han visto disminuido su calidad, contenido y periodicidad. Sostiene que los hechos relatados vulneran su derecho de propiedad consagrado en el N°24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, toda vez que la recurrida no ha suspendido los cobros de los servicios contratados, disminuyendo concreta y efectivamente los patrimonios de cada uno de los contratantes, quienes deben soportar una injustificada carga derivada de un servicio que se está prestado de un modo distinto a lo contratado.
La Corte de apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso deducido, por estimar que los hechos descritos en la presentación, y en particular sus peticiones, exceden las materias que deben ser conocidas por la acción de protección atendida su naturaleza cautelar, teniendo presente que se denuncia un conflicto contractual y reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en un procedimiento de lato conocimiento.
Te puede interesar

Inadmisible.
CS confirma inadmisibilidad de acción de protección deducida en contra de la I. Municipalidad de Ñuñoa por demoras en inspección y reparación de inmueble.

Con voto en contra de los Ministros Llanos y Mera.
Corte Suprema revocó fallo y acogió protección en contra de Intendencia de Antofagasta por saqueo cometido contra una lavandería durante el estallido social

Con dos votos en contra.
CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por particular contra aerolínea por la supuesta no devolución de pasajes correspondiente a vuelo cancelado.

