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Con miras al plebiscito constituyente.

CPLT apunta a exposición desproporcionada de datos personales vía padrón electoral.

Tras la publicación de padrones electorales auditados por parte del Servicio Electoral (SERVEL), el Consejo para la Transparencia (CPLT) afirmó que se exponen desproporcionadamente datos personales.

29 de julio de 2020

El presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), Jorge Jaraquemada, se refirió a la difusión de los padrones electorales auditados que publicó el Servicio Electoral (Servel), con miras al plebiscito constituyente de octubre, apuntando a la necesidad de corregir la desproporcionada publicidad que se estaría dando a datos personales de los electores habilitados e inhabilitados para participar de la próxima elección que aparecen en estos listados.
Al respecto, Jaraquemada detalló que desde el CPLT se ha señalado que el padrón contiene datos personales sensibles que deben estar bajo un régimen especial de protección, por lo que insistió en qué si bien hay que dar la publicidad necesaria para cumplir con la ley y contribuir al control social, también se requiere ponderar la adecuada protección de datos personales.
“En este sentido creemos que en la actualidad se exponen datos personales que no ayudan a la finalidad que tiene la calidad pública del padrón”, sostuvo el titular del CPLT.
El titular de Transparencia explicó que mantener publicados datos personales debe contribuir al objetivo que se declara, eso justificaría su tratamiento, y detalló que a partir de una modificación legal en 2016 se dispuso el carácter público del padrón, acorde a lo establecido por la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
“Fue la propia ley del Servicio Electoral la que definió el acceso libre al padrón, antes de 60 o más días desde la fecha de cualquier elección, además de restringir los pronunciamientos del Consejo para la Transparencia respecto de materias de registro electoral”, espetó el titular del CPLT.
El representante del Consejo, insistió en que la necesidad de dar publicidad para un mejor control social del proceso electoral no debe desproteger a la ciudadanía en cuanto a su información personal y sensible, como por ejemplo el domicilio personal y el género.
“¿En qué ayuda al control social conocer la dirección de un votante? Al contrario, podría ser información valiosa para ejercer presiones a una persona porque se conoce su posición respecto de la próxima elección”, finalizó.

 

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