Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por particular contra medios de comunicación por supuesta publicación de noticias injuriosas.

La Corte de Santiago señaló que, la presente vía resulta del todo inadecuada, pues tales materias corresponden sean conocidas y resueltas en un juicio de lato conocimiento.

Por Redacción·31 de julio de 2020·2 min de lectura
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por particular contra medios de comunicación por supuesta publicación de noticias injuriosas.
Referencial

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por una particular en contra de empresas periodísticas por supuestas noticias falsas en noticias en contra de la recurrente.

En el escrito se señala haber recurrido de acción de protección en contra de Google S.A., El Mercurio S.A.P., El Mercurio de Valparaíso, Ediciones Giro País S.P.A y dos particulares por la supuesta publicación de noticias injuriosas sobre la recurrente.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1 y 4.

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