Diario Constitucional

Con un voto en contra.

CS revocó y acogió protección deducido por empresarios forestales contra autoridades regionales de la Araucanía por hechos de violencia.

La Corte Suprema señaló que, respecto de la autoridad administrativa se rigen plenamente los principios de servicialidad, transparencia y publicidad administrativa.

Por Redacción·31 de julio de 2020·4 min de lectura
CS revocó y acogió protección deducido por empresarios forestales contra autoridades regionales de la Araucanía por hechos de violencia.
Referencial

Con un voto en contra, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Temuco y acogió un recurso de protección deducido por un grupo empresarios forestales en contra del Intendente de la Araucanía; del Gobernador de la Provincia de Cautín; y del Gobernador de la Provincia de Malleco por hechos de violencia en la Región de la Araucanía.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de las autoridades regionales por los hechos de violencia, intimidación, destrucción y/o quema de bienes que habitualmente, afectan distintas zonas de La Araucanía en donde se desarrollan faenas forestales.

Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 24.

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