Periodo de reclamación.
SERVEL publica listado de Padrones Electorales Auditados.
El 28 de julio comenzó a correr el plazo de 10 días para que quienes hayan sido omitidos del Padrón Auditado, figuren con datos erróneos o estimen que deben aparecer en él, reclamen ante el TER de su domicilio electoral.

Luego de un proceso de auditoría, el SERVEL publicó los Padrones Electorales Auditados, esto es, los listados de electores (tanto en Chile como en el extranjero) que se encontrarían habilitados para sufragar, así como también la nómina de inhabilitados.
Cabe destacar que, la publicación de los padrones busca dar transparencia y confiabilidad a los procesos eleccionarios y plebiscitarios, ya que pone a disposición de la ciudadanía la totalidad de estos datos, en igualdad de condiciones, lo que permite a los ciudadanos realizar las reclamaciones respectivas ante la justicia electoral. También, permite un control social del Padrón, ya que es posible reclamar ante un TER para solicitar la inclusión, corrección o, en caso de contravenir la ley, la exclusión de otros electores.
Por su parte, explica el SERVEL, la ley indica que los Padrones Auditados y Definitivos deben contener los nombres y apellidos del electro, su número de rol único nacional, sexo, domicilio electoral con indicación de la circunscripción electoral, comuna, provincia y región a la que pertenezcan, o del país y ciudad extranjera, según sea el caso, y el número de mesa receptora de sufragio en que le corresponde votar. Igualmente, señala que los Padrones Electorales tienen un proceso de confección regulado por ley, con plazos estrictos y en base a la información que periódicamente es comunicada al Servicio por los organismos contemplados en la ley, siendo el de junio de 2020, la fecha de cierre de las modificaciones al Registro Electoral, para con esos datos dar lugar a la determinación de los Padrones Electorales que se utilizarán para el Plebiscito Nacional de octubre de 2020.
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