Daño Moral.
Corte de La Serena confirmó sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización por daño moral a detenido víctima de tratos violentos por parte de Carabineros.
La Corte determinó que la aflicción y menoscabo que los hechos originaron al actor son de carácter permanente.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de apelación presentado por el Consejo de Defensa del Estado, en el cual solicitaba una rebaja en el monto de la indemnización por daño moral, que deberá pagar el Fisco a detenido víctima de tratos violentos y vejatorios por parte de Carabineros.
El fallo señala que en consideración al carácter permanente de la aflicción y menoscabo que los hechos originaron al actor, así como también el actuar absolutamente arbitrario, desproporcionado y vejatorio desplegado por Carabineros, quienes actuando en contra de sus propios protocolos obligaron al actor a desnudarse y efectuar sentadillas, lo que también es un hecho asentado en la sentencia en alzada y no desvirtuados en esta sede, y que, por cierto, merece ser objeto de un ejemplar reproche civil, es que estos sentenciadores estiman prudente y más conforme a derecho y la equidad aumentar la indemnización por daño extrapatrimonial.
Es por ello que el Tribunal de alzada confirmó la sentencia apelada, con declaración que se aumenta el monto concedido en la sentencia de primera instancia al actor, en cuanto fijó el daño moral en $10.000.000, regulándolo en la suma de $12.000.000.
Temas
Te puede interesar

Manifestación previa de su opinión.
TER de ÑUBLE rechazó incidente de nulidad presentado en proceso de remoción de alcalde de Chillán Viejo, por inhabilidad de sus miembros.

Incumplimiento de estatutos.
TRICEL deberá resolver apelación subsidiaria interpuesta contra sentencia del TER de Los Lagos que acogió reclamación de nulidad de la elección del Directorio de Comité de Agua Potable en la comuna de Puerto Montt.

Inadmisible
CS declaró inadmisible recurso de casación en la forma deducido en contra de sentencia que rechazó acción de invalidez confirmando fallo de primer grado.

