En fallo unánime.
Corte Suprema rechaza recurso de casación en contra de fallo que otorgó registro de marca de grupo musical «Kudai»
El máximo Tribunal descartó actuar arbitrario del tribunal recurrido al entregar el registro a agente artístico.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Propiedad Industrial que otorgó el registro de marca de grupo musical «Kudai».
La sentencia indica que las antedichas circunstancias constituyen hechos de la causa, por lo que, para desvirtuarlos e instalar la premisa fáctica favorable a las pretensiones de la recurrente, es necesario que el fallo recurrido en sus fundamentaciones hubiese incurrido en violación de las leyes reguladoras de la prueba, lo que se produce cuando los sentenciadores infringen las reglas de la lógica o las máximas de la experiencia, por así disponerlo expresamente el artículo 16 de la Ley de Propiedad Industrial, al establecer un sistema de valoración conforme a las reglas de la sana crítica.
Añade que conforme a lo anteriormente razonado, y no habiendo la recurrente denunciado en su arbitrio como vulneradas las normas reguladoras de la prueba, queda vedado a esta Corte, intentar una nueva valoración de esas probanzas y fijar hechos distintos a los determinados por el tribunal del grado, los cuales permanecen, en consecuencia, como inamovibles.
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