Derecho a la vida.
Supremo Tribunal Federal de Brasil confirmó decisión de limitar las operaciones policiales en las comunidades de Río de Janeiro durante la pandemia.
El máximo Tribunal de Brasil adujo que no hay forma de eludir los protocolos de conducta para el uso de armas de fuego en el respeto del derecho a la vida.

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil confirmó la decisión de limitar las operaciones policiales en las comunidades de Río de Janeiro durante la pandemia.
Respecto a los hechos, consta que demanda fue presentada en noviembre del año pasado por el Partido Socialista Brasileño (PSB) contra los Decretos estatales que regulan la política de seguridad pública adoptada por el gobernador de Río de Janeiro, Wilson Witzel. Ante el decreto de un estado de calamidad pública y la necesidad de aislamiento social, el PSB solicitó la concesión de ayuda de emergencia para restringir las operaciones policiales durante el período de la pandemia. Según el recurso, las acciones no seguían los protocolos para el uso legítimo de la fuerza. El partido considera que la política de seguridad del estado presenta casos crecientes de letalidad en las prácticas policiales, además de violar los tratados internacionales y varios preceptos fundamentales de la Constitución Federal, como el derecho a la vida y la inviolabilidad del hogar.
Al respecto, el máximo Tribunal de Brasil adujo que la excepcionalidad de los casos, deberán ser debidamente justificados por escrito por la autoridad competente y comunicados al Ministerio Público del Estado, órgano responsable del control externo de la actividad policial. Así, agregó que en estos casos se debe procurar no poner en peligro aún más a la población, la prestación de servicios de salud pública y la realización de actividades de ayuda humanitaria.
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