El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones presentado por trabajador en contra de empresa de desabolladura de automóviles.
La sentencia indica que es posible acreditar un vínculo laboral, entre el demandante y la demandada, el cual concluyó de manera verbal el día 6 de enero del año 2020, es decir, el despido es de carácter injustificado.
Añade que se ha podido acreditar también, que a la fecha del despido, se adeudan feriado proporcional, suma a la que se será condenada a la demandada. También hay deuda previsional durante el periodo trabajado, lo cual da lugar a la sanción de la nulidad del despido y al pago de las cotizaciones previsionales durante todo el periodo trabajado.
Por tanto, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones:
a) La suma de $870.984 por indemnización sustitutiva del aviso previo.
b) La suma de $254.037 por concepto de feriado proporcional.
c) Remuneraciones, cotizaciones de seguridad social y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha de despido ocurrido con fecha 6 de enero de 2020, hasta la convalidación del mismo, con el íntegro pago de las cotizaciones previsionales adeudadas, en base a una remuneración mensual de $870.984.
d) Cotizaciones previsionales durante todo el periodo trabajado, a saber 15 de junio de 2019 al 6 de enero del 2020, en base a una remuneración mensual de $870.984.
II. Que se condena en costas a la parte demandada, las que se regulan en la suma de $ 200.000 en favor del trabajador.
III. Que las sumas antes indicadas devengarán los reajustes e intereses conforme lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo.
IV. Ejecutoriada que esté la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día. En caso contrario certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciudad, para su ejecución.
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