Tribunal Pleno.
TC de Perú declaró inconstitucional ley que suspende el cobro de peajes durante el estado de emergencia a causa del COVID-19.
El Pleno declaró inconstitucional la norma, porque vulnera el artículo 62 de la Constitución y viola la libertad de contratar, al suspender el contenido contractual pactado por las partes relativo al cobro de peajes.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró por unanimidad inconstitucional la Ley 31018, Ley que suspende el cobro de peajes en la red vial nacional, departamental y local concesionada, durante el estado de emergencia a causa del COVID-19.
La Magistratura constitucional peruana sesionó en su tercera deliberación pública, aunque esta vez de manera remota, y declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad.
En ese sentido, el Pleno declaró inconstitucional la norma, porque vulnera el artículo 62 de la Constitución y viola la libertad de contratar, al suspender el contenido contractual pactado por las partes relativo al cobro de peajes. Además, afectaría la continuidad de los servicios vinculados al mantenimiento y desarrollo de la infraestructura vial, en perjuicio de los usuarios del servicio. Asimismo, establece como interpretación constitucional de obligatoria aplicación, que las sesiones virtuales que realice el Congreso de la República serán conformes con la Constitución siempre y cuando se interpreten los artículos 51-A, 27-A y demás relacionados con las sesiones, deliberaciones y votaciones comprendidas en los procedimientos parlamentarios del Reglamento del Congreso.
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