Diario Constitucional

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TC acoge inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que impide invalidar nueva sentencia consecuencia de acogerse un recurso de nulidad.

La sentencia señala que, la aplicación de la norma legal impugnada produce un efecto que pugna con la racionalidad y justicia procedimental garantizada en el artículo 19 N° 3, inciso sexto, de la Constitución.

Por Redacción·05 de septiembre de 2020·7 min de lectura
TC acoge inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que impide invalidar nueva sentencia consecuencia de acogerse un recurso de nulidad.
Referencial

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugna el inciso cuarto, del artículo 482 del Código del Trabajo.

El precepto establece, en su inciso impugnado, que “[no] procederá recurso alguno en contra de la resolución que falle un recurso de nulidad. Tampoco, en contra de la sentencia que se dictare en el nuevo juicio realizado como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad”.

Cabe recordar que la gestión pendiente incide en autos de cobranza laboral, en actual conocimiento de la Corte de Puerto Montt por recurso de apelación, en los que la requirente interpuso una denuncia por vulneración de derechos fundamentales en contra del Servicio de Salud de Chiloé.

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