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Críticas a normas.

Tres artículos que introducen distorsiones en la nueva Ley Migratoria, es el título de una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo.

En vez de favorecer una migración ordenada y segura se continúa con ellos entregando señales que distorsionan este principio rector.

5 de septiembre de 2020

En una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo, titulada “Tres artículos que introducen distorsiones en la nueva ley migratoria”, se formulan diversas críticas a normas que han sido discutidas durante la tramitación de esa iniciativa que, se afirma, no se avienen con favorecer una migración ordenada y segura y, al contrario, continúan entregando señales que distorsionan este principio rector.
En lo que se refiere a la posibilidad de que todos aquellos extranjeros que permanecen dos años como irregulares en el país puedan regularizar su situación siempre que demuestren capacidad para sustentarse económicamente, el Instituto Libertad y Desarrollo plantea que no parece conveniente retornar y establecer un mecanismo de regularización permanente y automática. Este tipo de norma, señala, es un incentivo al ingreso clandestino al país y a la irregularidad, al prometer al migrante que no reúne requisitos para permanecer en el país que ocultándose de la autoridad por el tiempo suficiente obtendrá la residencia. Incluso es un estímulo para la falsificación de contratos de trabajo y para la explotación laboral por parte de los empleadores.
En lo que atañe al deber legal de establecer e implementar una Política Nacional de Migración y Extranjería, se propone eliminar que ella deba establecer como uno de sus objetivos “evitar el ingreso irregular” al territorio nacional. Tal debería ser por obligación de la ley uno de los principales objetivos de política migratoria señala Libertad y Desarrollo, pues este mismo es uno de los principios de la Ley (migración segura, ordenada y regular). Todo el proyecto tiende a promover la regularidad de los migrantes, no entendida como regularización constante de los mismos, sino más bien como la promoción y el respeto a las normas migratorias y a los conductos regulares de ingreso. Esto es fundamental, además, para evitar la exposición de los mismos migrantes a los riesgos de las actividades transfronterizas ilícitas y a la permanencia en condiciones irregulares. En opinión del Instituto Libertad y Desarrollo al no establecerse entonces que ese será uno de los objetivos Política Nacional en la materia, lo que se provoca es romper el equilibrio de la facultad de Estado de establecer políticas migratorias soberanas sin que estas sean lesivas de los derechos humanos de los migrantes, porque evitar el ingreso irregular es un componente de cualquier política que se establezca para el combate del tráfico y trata de migrantes y de actividades transfronterizas ilícitas.
También se cuestionan ciertas reglas que extienden los recursos administrativos y judiciales contra las resoluciones de expulsión, lo que en opinión de Libertad y Desarrollo haría casi inviable que las ordenes de abandono y expulsión pudieran en definitiva ejecutarse.

Vea texto íntegro de la publicación.

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