En fallo unánime.
CS revocó sentencia que declaró inadmisible acción de protección contra AFP y el Registro Civil por rechazo de retiro del 10% de fondos previsionales, debido a cédula de identidad vencida de la recurrente.
Esta considera vulneradas las garantías de los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución.

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por una afiliada en contra de AFP Habitat y del Servicio de Registro Civil e Identificación, por rechazar su solicitud de retiro correspondientes al 10% de los fondos de su cuenta de capitalización individual con motivo del vencimiento de su cédula de identidad.
La recurrente alega que el día 30 de julio del 2020 solicitó el retiro del 10% de los montos que tiene acumulados en la cuenta de capitalización individual en el portal web de AFP Habitat, la cual, con fecha 05 de agosto del 2020 le envió, vía correo certificado, la respuesta a su solicitud informándole que su requerimiento de giro se encuentra rechazado, debido a que su cédula de identidad se encuentra vencida desde el mes de noviembre del 2019, lo que estima vulnera las garantías que le aseguran los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución, esto es, el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y el derecho de propiedad.
La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso, al estimar que los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a la Corte exceden las materias que deben ser conocidas por presente recurso atendida su naturaleza cautelar.
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