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No se acreditaron hechos.

Juzgado Laboral acoge demanda por despido injustificado presentada por contador de empresa panadera.

EL Tribunal declaró injustificado el despido del trabajador, quien fue desvinculado por supuestamente faltar al deber de confidencialidad.

17 de septiembre de 2020

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado presentada por contador de la empresa panadera Bredenmaster Chile S.A.

La sentencia indica que a mayor abundamiento, aun siendo ciertos los hechos atribuidos al actor en la carta de despido, lo cierto es que tampoco resulta claro que se haya infringido el deber de confidencialidad que a este le asistía, pues el mencionado deber ha de entenderse como uno destinado a proteger la información interna de la empresa en relación a empresas de la competencia, a proveedores o a clientes, mas no a personal interno de la propia empresa, el cual también tenía acceso a la información del sistema contable interno que, supuestamente, habría develado incorrectamente el demandante.

La resolución agrega, que conforme lo antes señalado y no habiéndose acreditado por la demandada ni los hechos contenidos en la misiva de despido ni la gravedad de los mismos, ni menos los perjuicios que a este le causaron, se acogerá la demanda de autos declarando injustificado el despido.

Añade que, habiéndose declarado injustificado el despido de que fue objeto el actor y conforme lo dispone el artículo 168 inciso penúltimo del Código del Trabajo, se establecerá que el término de la relación que unió a las partes se produjo por necesidades de la empresa con fecha 28 de noviembre de 2019, teniendo además derecho el trabajador a las prestaciones contenidas en el artículo 162 y 168 del mismo cuerpo legal.

Por tanto, se resuelve:
I.- Que SE ACOGE la demanda de autos interpuesta en contra de BREDENMASTER CHILE S.A. y, por lo tanto, se decide lo siguiente:
a) se declara injustificado el despido que fue objeto el actor.
b) se declara que el término de los servicios del actor se produjo por necesidades de la empresa, con fecha 28 de noviembre de 2019.
c) la demandada deberá pagar la suma de $1.460.696 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo.
d) la demandada deberá pagar la suma de $7.303.480, por concepto de indemnización por años de servicio, aumentada en un 80% ($5.842.784) conforme lo dispone el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo.
e) que todas las sumas señaladas deberá pagarse con los intereses y reajustes señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo.
II.- Que SE CONDENA en costas a la demandada, por haber sido totalmente vencida, las que se regulan prudencialmente en la suma de $200.000.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT O-642-2020

 

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