Diario Constitucional

En fallo dividido.

Corte de Temuco rechaza recurso de amparo de manifestantes mapuches en contra de Carabineros.

Presentado por el INDH por la violencia que habría ejercido en contra de tres comuneros mapuches, que fueron detenidos durante una marcha convocada en contra del desalojo de las municipalidades de Victoria y Curacautín.

Por Redacción·24 de septiembre de 2020·4 min de lectura
Corte de Apelaciones de Temuco ordena a Gendarmería permitir ingreso de machi a recinto penitenciario de Angol.
Referencial

En fallo dividido, la Corte rechazó el recurso de amparo, tras establecer que no existió privación de libertad ni amenaza a la seguridad personal de los amparados, como exige la norma constitucional.

Cabe señalar que se recurrió de amparo en favor de Ana María Llao Llao, Huenulef Calfucura Millao Llao y Elías Gutierrez Calfín, en contra de Carabineros, al estimarse que se actuó de manera desproporcionada y agresiva en contra de los manifestantes reunidos pacíficamente el 4 de agosto del año en curso, frente al Hospital Regional y, que sin motivo ni provocación alguna, se procedió a utilizar en su contra elementos disuasivos, como carro lanza agua y bombas lacrimógenas, poniendo en peligro especialmente a mujeres, adolescentes y niños. Y específicamente respecto de los tres amparado estos habrían sido detenidos sin justificación alguna, aplicándose en cada caso con fuerza desmedida e innecesaria, se alega en el recurso.

El recurrido informó que la manifestación no fue autorizada y que, los amparados, junto con otras personas, que en total alcanzaban aproximadamente 300 individuos, comenzaron a ocupar la calzada, interrumpiendo el tráfico vehicular y peatonal, lo cual hizo necesaria la intervención de Carabineros, quienes en todo momento actuaron apegados a los protocolos y normas relativas al uso de los elementos disuasivos y a la fuerza aplicable a estos casos, procediendo en forma gradual a restablecer el orden público mediante la utilización de agua lluvia en forma de abanico y posteriormente a través del uso de lacrimógenas, sin embargo los manifestantes lanzaban objetos contundentes al personal policial desplegado en el lugar, adquiriendo la manifestación el carácter de ilícita agresiva. De esta forma, comenzaron a dialogar con los manifestantes, ante lo cual comenzaron los primeros a adoptar una conducta más agresiva y violenta, usando piedras y elementos contundentes. Por lo anterior, y ante la desobediencia de los amparados, se les tomó detenidos por lo que su acción no vulnera el derecho a la libertad individual o la seguridad personal de los amparados.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.