En la Región de Valparaíso.
CS confirmó la sentencia que acogió recurso de protección y ordenó la apertura de procedimiento de participación ciudadana previo a declaración de impacto ambiental del proyecto: «Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas».
El máximo Tribunal descartó la extemporaneidad de la acción cautelar, debido al régimen excepcional que rige los procesos y plazos judiciales durante la emergencia sanitaria.

La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió recurso de protección y ordenó la apertura de procedimiento de participación ciudadana previo a declaración de impacto ambiental del proyecto: «Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas», en la Región de Valparaíso.
La sentencia indica que, es pertinente recordar que el estado de excepción constitucional que vive el país, así como los efectos prácticos de la contingencia sanitaria, fueron motivo para la dictación de la Ley Nº 21.226 que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad COVID-19 en Chile.
La resolución agrega, que, en ese sentido, tanto el legislador como esta Corte Suprema -en este caso a través del Acta Nº 53-2020- han pretendido impregnar a los procedimientos judiciales de la necesaria flexibilidad para cumplir, en estas circunstancias extraordinarias, con su fin superior, consistente en otorgar a los justiciables acceso a una tutela judicial efectiva.
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