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Reserva legal.

CC de Italia señala que compete a Legislador determinar si dos mujeres pueden inscribirse como madres de niño nacido en el país, pero concebido en el extranjero por inseminación artificial.

En la legislación vigente no se contempla la posibilidad de inscribir a dos mujeres como madres de un niño, vulnerándose los derechos de la llamada “madre intencional”, configurándose una discriminación arbitraria por motivo de la orientación sexual.

27 de octubre de 2020

La Corte Constitucional de Italia examinó las cuestiones de constitucionalidad planteadas por el Tribunal de Venecia, sobre la ley de uniones civiles vigente en el país y un decreto sobre el estado civil de una persona.

La decisión de la Magistratura Constitucional, incide en una causa en que una mujer unida civilmente a otra, había concebido en el extranjero a un hijo, mediante técnicas de fecundación asistida, pero nació en Italia.

Según la Corte, en la legislación actualmente vigente no se contempla la posibilidad de inscribir en el certificado de nacimiento del niño a las dos mujeres como sus madres. Este impedimento, vulnera los derechos de la llamada “madre intencional”, así como los derechos del menor, configurándose una discriminación arbitraria por motivo de la orientación sexual.

No obstante, la Corte informó, a través de un comunicado, que las cuestiones de constitucionalidad planteadas debieron ser declaradas inadmisibles, toda vez que el reconocimiento de la condición de progenitor a la “madre intencional” – dentro de una relación entre dos mujeres unidas civilmente – no responde a un asunto constitucional, sino que se reserva dicha competencia al legislador, en tanto intérprete de la voluntad de la comunidad nacional. En este sentido, explica que es el legislador, en cuestiones tan moralmente sensibles, quien debe sopesar los intereses y valores en juego, teniendo en cuenta la posición dominante en la sociedad, en razón de un momento histórico determinado.

El Tribunal también señaló que la protección del interés superior del niño en situaciones como éstas, puede ser garantizada a través de un abanico de opciones, todas ellas compatibles con la Constitución, pero que depende del legislador definir.

 

Vea texto íntegro del comunicado de prensa (en italiano).

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