En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de nulidad deducidos por las partes en contra de la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado presentado por kinesiólogo.
El Tribunal de alzada estableció que no existe vulneración en la apreciación de la prueba en la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que ordenó a la empresa demandada pagar la indemnización sustitutiva por falta de aviso previo y la correspondiente a los años de servicios, incrementada en un 80%, más reajustes e intereses.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de nulidad deducidos por las partes en contra de la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado presentado por kinesiólogo en contra de la Sociedad de Servicios Clínicos Ltda.
La sentencia indica que esta Corte advierte que, si bien el razonamiento de la juez no fue correcto para prescindir de la declaración de la testigo, como persona natural, y con el propósito de deponer acerca de hechos propios que le constaban, no como representante legal o gerente general de la persona jurídica demandada.
La resolución agrega que, esta situación no cumple el estándar de vulnerar sustancialmente las garantías o derechos constitucionales como los son de igualdad ante la ley y del debido proceso, denunciados por el recurrente; en efecto, la empresa demandada no fue privada de la declaración de aportar en el transcurso del juicio otras probanzas, incluso depusieron otros testigos a su favor.
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