Diario Constitucional

Para la protección de la tutela judicial efectiva.

TJUE declara que los fiscales de Países Bajos no pueden ejecutar órdenes de detención europea (ODE).

El Tribunal europeo indicó que los fiscales nacionales no son funcionarios independientes del gobierno.

Por Redacción·02 de diciembre de 2020·2 min de lectura
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Referencial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en torno a un procedimiento de petición de decisión prejudicial, se manifestó sobre el alcance del término “autoridad judicial de ejecución”, contenido en la Decisión Marco 2002/584, declarando que los fiscales de la ciudad de Ámsterdam no constituyen dicho tipo de autoridad, dado que no son órganos independientes y pueden recibir instrucciones individuales del Ministerio de Justicia neerlandés.

El conflicto nace de una orden de detención europea (ODE) emitida en Bélgica en 2017, contra un nacional belga, a quien se imputaban delitos de falsedad documental, uso de documentación falsa y estafa. El acusado fue detenido en la ciudad de Ámsterdam y la Fiscalía de Ámsterdam hace entrega a las autoridades de Bélgica al detenido y que condenado a una pena de tres años en Bélgica.

En el proceso de detención, la Fiscalía de Ámsterdam realiza una renuncia expresa al principio de especialidad de la Decisión Marco 2002/584, facultad que dicho cuerpo normativo entrega solo a una “autoridad judicial de ejecución” del Estado parte.

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