Libertad de culto.
CS de EEEUU prohíbe que Nueva York limite aforo en centros destinados al culto religioso.
El acuerdo se dividió 5-4, con la nueva Magistrada Amy Coney Barrett en la mayoría, en su primera votación discernible públicamente en la Corte. Los tres jueces liberales y el presidente del tribunal, John Roberts, discreparon.

La Corte Suprema de Estados Unidos prohibió que la Ciudad de Nueva York imponga ciertos límites al aforo en iglesias y sinagogas ubicadas en zonas designada como muy afectadas o riesgosas por el virus.
El caso presentado ante el Tribunal Supremo norteamericano refiere a que la diócesis de Brooklyn y Agudath Israel de América tienen iglesias y sinagogas en zonas de Brooklkyn y Queens que eran consideradas zonas rojas y naranjas por su ratio de contagios. En estas áreas, el Estado había limitado la asistencia a los lugares de culto a 10 y 25 personas, respectivamente. Sin embargo, actualmente, estas zonas en concreto están considerados como amarillas, con normas menos restrictivas que cualquier otro grupo que ha recurrido por el mismo asunto.
Se hace presente que, con la nueva Magistrada Barret en la conformación del Pleno, supuso un cambio en la tendencia del Tribunal. Antes este año, con su predecesora liberal, Ministra Ruth Bader Ginsburg, los magistrados se dividieron 5-4 a favor de mantener las restricciones de aforo motivadas por la pandemia que afectaban a iglesias en California y Nevada.
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