Rehabilitación psiquiátrica.
CC de Taiwán deberá pronunciarse sobre constitucionalidad de ley que prescribe tratamiento médico obligatorio a condenados por delitos sexuales.
La Ley de Prevención de Delitos de Agresión Sexual del país asiático, que dispone LA facultad de ordenar que sean sometidos a un tratamiento en un centro hospitalario psiquiátrico después de completar su condena, si una evaluación médica concluye que existe peligro de reincidencia.

La Corte Constitucional de Taiwán deberá dictar sentencia sobre la cuestión constitucional si los condenados por delitos sexuales debieran ser ingresados, una vez cumplida su condena privativa de libertad, en un centro médico especializado con el objeto de recibir terapia psicológica obligatoria.
El asunto de fondo se presenta en relación a un artículo de la Ley de Prevención de Delitos de Agresión Sexual del país asiático, que dispone la posibilidad o facultad de ordenar a los delincuentes condenados por delitos sexuales que sean sometidos a un tratamiento en un centro hospitalario psiquiátrico después de completar su condena, esto bajo presupuesto de que una evaluación médica debidamente concluya que existe peligro de reincidencia (depredador sexual).
A mayor abundamiento, el requirente principal de la causa, cumplió una condena de tres años por un delito sexual y desde el cumplimiento de ésta (2011) se encuentra en terapia psiquiátrica obligatoria, al ser considerado una amenaza para la ciudadanía, según sus evaluaciones médicas. Otro peticionario cumplió siete meses de prisión por el delito de violación, y luego estuvo retenido por cuatro años más en la instalación donde recibía el tratamiento.
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