Noticias

Corte Suprema.
Con prevención.

CS acogió recurso de casación en el fondo en contra de sentencia dictada en reclamo de ilegalidad que impugna Ordenanza dictada por la Municipalidad de la Reina.

Solo uno de los artículos de la ordenanza se declaró ilegal.

10 de diciembre de 2020

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que hizo lugar parcialmente a un reclamo de ilegalidad que impugnó una ordenanza sobre distribución eléctrica dictada por la Municipalidad de La Reina.

El conflicto surge luego que Enel Distribución Chile S.A. interpusiera un reclamo de ilegalidad contra el decreto alcaldicio que aprobó la “Ordenanza Sobre Instalación de Líneas de Distribución de Energía Eléctrica, Telecomunicaciones, Transmisión de Señales o Datos en Bien Nacional de uso Público de la Comuna de La Reina”, reclamando la infracción de diversos artículos de la Ley General de Servicios Eléctricos y su reglamento, al estimar que el municipio se arrogó  facultades de fiscalización y sanción actuando fuera del ámbito de su competencia.

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró la ilegalidad parcial de la Ordenanza, declarando ilegales cinco artículos que asignaban facultades de fiscalización a la Municipalidad de actividades reguladas y permitidas por la Ley General de Servicios Eléctricos y su reglamento.  Las ordenanzas dictadas por la Municipalidad no pueden transgredir o ir más allá de lo que disponen las leyes vigentes, por ser normas jurídicas de menor jerarquía dictadas mediante actos administrativos, señala el fallo.

El máximo Tribunal, conociendo de la casación sustancial, constató yerros jurídicos en la sentencia de la Corte de Santiago, al estimar que las medidas adoptadas por la Municipalidad están dentro de las facultades que le concede la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, norma que impone el deber de cada Municipalidad de prevenir riesgos y mantener el aseo y ornato de la comuna.

La Corte Suprema razonó que la ordenanza discutida entrega facultades a la Municipalidad para alcanzar los fines mandatados por la Ley 18.965, a través de la exigencia de permisos y órdenes de coordinación cuando las obras de distribución eléctrica se ubiquen en bienes nacionales de uso público, permitiendo la ley a su vez, fiscalizar el cumplimiento de las ordenanzas y las sanciones a la que se someten quienes no cumplan con lo mandatado. Afirmó que las colisiones que se señalaron entre la ordenanza y legislación vigente no son tales, dado que se señala que los permisos solicitados por la concesionaria deben regirse y cumplir los demás requisitos establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos, existiendo una subordinación expresa de la regla municipal a la norma legal.

El máximo Tribunal dictó sentencia de reemplazo y declaró ilegal solo un artículo de la ordenanza que posibilitaba a la Municipalidad la suspensión del otorgamiento de los permisos solicitados por los concesionarios que infrinjan la ordenanza, ya que es una sanción que no encuentra habilitación legal alguna en el ordenamiento jurídico chileno.

La decisión se acordó con la prevención del Ministro Raúl Mera, quien estuvo por declarar ilegal a su vez los artículos que regulan los permisos para que las líneas usen o crucen calles u otros bienes nacionales de uso público, ya que va en contra del artículo 16 de la Ley General de Servicios Eléctricos y la obligación de pedir permiso municipal para la poda o corte de árboles para instalar líneas de tendido eléctrico por ser contraria al artículo 222 del mismo cuerpo normativo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°6.869-2019, sentencia de reemplazo Rol N°6.869-2019 y Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°11.392-2017.

 

RELACIONADOS

Corte de Santiago rechazó reclamos de ilegalidad presentados en contra del CPLT que dispuso la entrega de hojas de vidas de oficiales de la Armada en retiro y de un contralmirante en servicio, solicitadas por ley de transparencia...

CS acogió recurso de queja y ordenó a la Corte de Apelaciones de Santiago emitir nuevo pronunciamiento respecto del reclamo de ilegalidad presentado por empresa de telecomunicaciones...

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *