Por unanimidad.
TC deberá pronunciarse sobre inaplicabilidad deducida por la U. de Chile contra normas que la obligarían a entregar dominios registrados y activos del NIC Chile.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

El Tribunal Constitucional ha declara la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad respecto de, de los artículos 5º, inciso segundo; 10, inciso segundo; 11, letra c); 15 y 28, inciso segundo; de la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública; y artículos 2º, letra i); 4º, inciso quinto; 5°, 7º y 9º; de la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada.
La gestión pendiente incide en un proceso contencioso administrativo, sobre reclamo de ilegalidad, seguidos ante la Corte de Santiago; en los que se impugna una decisión de amparo informático, pronunciada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), en la que ordenó a la Casa de Estudios entregar al reclamante un listado con el nombre de todos los dominios comprado a través del portal nic.cl, con su fecha de expiración, en formato Excel y son contener ningún dato privado.
El NIC CHILE, es el Centro de Información de Redes (Network Information Center o NIC, por sus siglas en inglés) del Departamento de Ciencias de la Computación, perteneciente a la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, a cargo de la administración y registro de los nombres de dominio “.Cl”, creado formalmente bajo tal calidad el 27 de junio de 2017, por medio del Decreto Universitario Exento N°0022140, que aprobó igualmente su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Te puede interesar

Por unanimidad.
TC declara inadmisibilidad de inaplicabilidad que impugnaba norma de Ley sobre bases generales del medio ambiente, en causa en la que Unidad Vecinal busca impedir que se ejecute relleno sanitario mientras dure la pandemia.

Con voto en contra.
TC declara admisible inaplicabilidad que impugna norma del Código Tributario, en causa en la que contribuyente alega no haber sido notificado correctamente por el SII.

Con suspensión.
TC admite a trámite inaplicabilidad pretendida por querellante que impugna norma que establece facultad del Ministerio Público para no perseverar en una investigación formalizada, en denuncia por apropiación indebida de sus cotizaciones previsionales de vejez y salud.

