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Imagen: El Siglo
En fallo unánime.

CS desestima recurso de amparo presentado por el machi Celestino Córdova.

Los hechos denunciados no son materia de recurso de amparo, están siendo investigados por el Ministerio Público y mediante sumario administrativo.

18 de diciembre de 2020

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó un recurso de amparo en favor del machi Celestino Córdova.

El conflicto surge luego de una denuncia que el amparado realizó a Instituto Nacional de Derechos Humanos, por actos de tortura realizados en un procedimiento de allanamiento de habitaciones en el Centro de Estudio y Trabajo de Vilcún. El Instituto comenzó una investigación sumaria de los hechos denunciados, en donde se tomó declaraciones a dos internos quienes relataron que habían sido amenazados por funcionarios de Gendarmería para cometer actos en contra de Celestino Córdova, como implantar drogas en el dormitorio del amparado con el objeto de que fuera trasladado al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco.

Se recurrió de amparo ante la Corte de Apelaciones de Temuco, acusando que la seguridad y la integridad física del amparado se encuentra en peligro, solicitando a la Corte que ordene una investigación acuciosa de los hechos denunciados mediante un sumario administrativo en contra de los funcionarios de Gendarmería que están atentando contra la integridad de Celestino Cordova, la separación de dichos funcionarios del recinto de detención, la revisión de los procedimientos sancionatorios aplicados por Gendarmería en sus allanamientos con el fin de determinar si se ajustan a la legalidad vigente y la detención de todos los actos de persecución en contra del amparado a fin de cautelar su seguridad.

La Corte de Temuco rechazó el recurso, al estimar que el recurso de amparo no es la vía para conocer de los hechos denunciados ni de las alegaciones que efectúa el amparado. Señaló que la medidas solicitadas no justifican el ejercicio del amparo, toda vez que los hechos denunciados por el INDH están siendo investigados a través un sumario administrativo ordenado por el Director Regional de Gendarmería y una investigación penal a cargo del Ministerio Público, no vislumbrándose una afectación a la seguridad y la integridad física del amparado.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada compartiendo los razonamientos del fallo de primer grado.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°144.501-2020 y Corte de Apelaciones de Temuco Rol N°238-2020.

 

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