Recurso de amparo.
TC español determinó que, al igual que las universidades públicas, las universidades privadas tienen derecho a la concesión de becas y ayudas al estudio.
Al respecto, la Magistratura constitucional española resolvió acoger el recurso de amparo interpuesto por la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir y en su virtud, declarar que ha sido vulnerado su derecho fundamental a la igualdad, en relación con su derecho fundamental a la creación de centros docentes.

El Tribunal Constitucional español determinó que las universidades privadas tienen derecho, como las públicas, a la concesión de becas y ayudas al estudio.
Respecto de los hechos, consta que el recurso de amparo interpuesto por una Universidad privada de la comunidad valenciana tenía por objeto el enjuiciamiento de la vulneración de los derechos a la igualdad (art. 14 CE), a la libertad ideológica (art. 16 CE) y al derecho a la educación (art. 27), tras la exclusión por parte de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Comunidad Valenciana a las universidades privadas del sistema de becas y ayudas al estudio.
Al respecto, la Magistratura constitucional española resolvió estimar el recurso de amparo interpuesto por la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir y en su virtud, declarar que ha sido vulnerado su derecho fundamental a la igualdad (art. 14 CE), en relación con su derecho fundamental a la creación de centros docentes (apartado 6 del art. 27 CE).
Te puede interesar

Por unanimidad.
TC declara admisibilidad de inaplicabilidad en la que se impugnan normas que regulan la decisión de no perseverar del Ministerio Público, en querella deducida en contra de Alcalde de Recoleta por negociación incompatible y prevaricación administrativa.

A espera de acuerdo.
TC celebra audiencia de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma del CPP en causa en la que se dictó sentencia en contra de ex oficial del Ejército, como autor de secuestro calificado de treinta y ocho víctimas.

A espera de acuerdo.
TC escucha alegatos de admisibilidad sobre inaplicabilidad respecto de norma del Código Tributario que permite aplicar de plano intereses moratorios y suspensión de la prescripción.

