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Corte Suprema.
En fallo dividido.

CS desestimó recurso de protección contra General Director de Carabineros por disponer eliminación de alumno aspirante a Oficial de la Escuela de Carabineros.

Al recurrente le fue aplicada una sanción mediante resolución fundada dictada por autoridad competente en conformidad al Reglamento de la Institución.

1 de enero de 2021

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó un recurso de protección en contra del General Director de Carabineros por disponer la eliminación de un alumno aspirante a Oficial de la Escuela de Carabineros por mala conducta.

El conflicto surge luego que un alumno del Curso de Aspirantes a Oficial de la Escuela de Carabineros sufriera un accidente colisionado con un poste del alumbrado público, lo que motivó que personal de Carabineros acudiera al lugar constatando que el aspirante había ingerido alcohol, por lo cual procedió a su detención. En vista de ello, la Escuela de Carabineros le imputó 5 faltas al Reglamento de Disciplina y se dispuso su eliminación como alumno.

El actor accionó de protección, acusando una actuación ilegal y arbitraria del recurrido que vulnera su derecho a la igualdad ante la ley, al disponer su eliminación sin instruir en su contra un Sumario Administrativo previo a la aplicación de la sanción, lo cual es contrario a la Orden General N°1.598 de 2014 de la Subdirección General de Carabineros.

La Corte de Apelaciones desestimó la acción, para lo cual tuvo presente que al recurrente le fue aplicada una sanción mediante una resolución fundada y dictada por autoridad competente en conformidad al Reglamento de la Institución, conocido y aceptado por el alumno al suscribir el contrato de ingreso a la carrera. Aclaró que si bien la Orden General N°1.598 señala que se deben instruir sumarios administrativos a funcionarios de Carabineros que cometan faltas por intemperancia alcohólica y consumo de licor, esta Orden va dirigida a los procesos disciplinarios de los funcionarios de planta de Carabineros, por lo cual no resulta improcedente ejecutar los cursos de acción desarrollados en el documento aludido.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada compartiendo los razonamientos del fallo de primer grado.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz y de la Ministra Ángela Vivanco, quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada, al estimar que la sanción de eliminación del alumno aspirante a Oficial es el castigo más grave del Reglamento Orgánico de la Escuela de Carabineros, la cual debería estar reservada para las infracciones gravísimas, habiendo aplicado la recurrida una sanción desproporcionada que no es armónica con el Reglamento citado.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°127.394-2020 y Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°26.362-2020.

 

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