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Corte de Temuco
Dirigió una intervención con carros lanza agua y gases químicos destinada a la remoción de barricadas.

Corte de Temuco acogió el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y querellantes y decretó el arresto domiciliario total de oficial de Carabineros, imputado como autor del delito consumado de lesiones graves gravísimas, en el contexto de las movilizaciones sociales, en octubre de 2019.

El Tribunal de alzada hizo lugar a la acción cautelar deducida y revocó la resolución dictada el jueves 27 de enero recién pasado por el Juzgado de Garantía de Temuco, ordenando el arresto total del teniente coronel, por considerar que dicha medida garantiza en esta etapa procesal, los fines del procedimiento.

4 de febrero de 2021

La Corte de Temuco acogió el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y querellantes y decretó el arresto domiciliario total del oficial de Carabineros Manuel Alejandro Martínez López, imputado como autor del delito consumado de lesiones graves gravísimas. Ilícito perpetrado en el marco de las movilizaciones sociales registradas en la ciudad, en octubre de 2019.

En fallo dividido, Rol Nº119-2021, la Primera Sala del Tribunal de alzada hizo lugar a la acción cautelar deducida y revocó la resolución dictada el jueves 27 de enero recién pasado por el Juzgado de Garantía de Temuco, ordenando el arresto total del teniente coronel Martínez López, por considerar que dicha medida garantiza en esta etapa procesal, los fines del procedimiento.

El Tribunal de alzada razona que en cuanto a lo apelado, se estima en primer lugar, que las circunstancias que se tuvieron presente al momento de decretar el arresto domiciliario total al imputado, no han sido modificadas en esta etapa investigativa. Que, en cuanto a la necesidad de cautela, cabe señalar que se mantiene por la gravedad de los hechos que se investigan, por el daño hasta ahora constatado, la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla, y la existencia de procesos pendientes. En consecuencia, la única medida que asegura y es proporcional a los fines del procedimiento es el arresto domiciliario total.

Por las motivaciones precedentes, se revoca la resolución de fecha veintisiete de enero de dos mil veintiuno que modificó la medida cautelar de arresto domiciliario total al imputado, y en su lugar, se decide que se mantiene dicha medida.

Los hechos 

Según el ente persecutor, en horas de la tarde del 19 de octubre de 2019, Luis Ignacio Jiménez Caamaño se encontraba participando en una manifestación en las inmediaciones de la avenida Caupolicán con calle Manuel Montt, comuna de Temuco, momento en que efectivos de Fuerzas Especiales de Carabineros al mando del comisario de la Primera Comisaría de Fuerzas Especiales de Temuco, al momento de los hechos mayor de Carabineros Manuel Alejandro Martínez López, ordenó y dirigió una intervención con carros lanza agua y gases químicos destinada a la remoción de barricadas y a dispersar a los manifestantes.

En dicho contexto, alrededor de las 22 horas, en la esquina de las calles Antonio Varas y avenida Caupolicán, el imputado, utilizando su escopeta de servicio, realizó tres disparos apuntando directamente al tercio superior del cuerpo de Luis Jiménez, quien se había separado del grupo de manifestantes. Uno de los perdigones (posta de 8 milímetros) impactó a la víctima directamente en el rostro, provocándole un traumatismo ocular grave, por lo que fue derivado a servicios de salud locales y, posteriormente, al Hospital Regional de Valdivia, donde se constató la pérdida total de la visión en el ojo derecho, requiriendo de dos cirugías para la extracción del proyectil, 15 días de hospitalización y 30 días de recuperación.

 

 

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