En fallo unánime.
CS desestima recurso de protección contra Universidad Católica del Norte por resolver la pérdida de beneficios universitarios de una alumna que vulneró medidas sanitarias durante la cuarentena.
Es obligación de la universidad adoptar medidas con el fin de salvaguardar la vida y la integridad de sus estudiantes.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que rechazó un recurso de protección contra la Universidad Católica del Norte por disponer la pérdida del beneficio del Programa de Residencias Universitarias de una alumna.
El conflicto surge luego que una alumna de la Universidad Católica del Norte fuera notificada de la resolución que dispuso la revocación de su beneficio dentro del Programa de Residencias Universitarias, por vulnerar las restricciones que se realizaron a las instalaciones de las residencias universitarias durante la época de cuarentena decretada en la comuna de Antofagasta. La actora apeló la decisión ante la Comisión de Apelación de Residencias Universitarias, la que rechazó su reclamo.
La alumna recurrió de protección, acusando que la decisión de la universidad es ilegal y arbitraria, ya que la sanción impuesta es desproporcionada en conformidad al Reglamento interno de la universidad, que contempla la pérdida de los beneficios de residencia para aquellas personas que cometan faltas graves, por lo que vulnera su derecho de igualdad ante la ley. A su vez, señala que la decisión fue adoptada por dos comisiones especiales, lo que contraviene su derecho al debido proceso.
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