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Corte de Apelaciones de Santiago.
En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge recurso de protección y ordena a Concejal eliminar un tweet ofensivo en contra de las personas evangélicas.

La actuación del Concejal busca denostar a un grupo de personas y a su fe religiosa, lo que vulnera el derecho al honor de los recurrentes y transgrede su libertad de conciencia.

25 de febrero de 2021

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección interpuesto en contra del concejal de Providencia Jaime Parada Hoyl por haber realizado publicaciones ofensivas en la red social Twitter en contra de personas que profesan la fe evangélica.

El conflicto surge luego que el concejal realizara múltiples publicaciones en sus redes sociales criticando la participación política de las personas evangélicas en distintos asuntos de interés público. En septiembre de 2020, realizó en su cuenta de Twitter una publicación en la que cataloga a los evangélicos que participan en actividades de política contingente como “repulsivos”.

Un grupo de evangélicos accionaron de protección, acusando que la publicación del concejal es ilegal y arbitraria, ya que critica las posiciones políticas de un grupo de creyentes expresadas en un espacio público como lo es una franja televisiva vulnerando la honra y la libertad de conciencia de todas aquellas personas que profesan la fe evangélica.

La Corte de Santiago acogió el recurso y ordenó al recurrido eliminar la publicación, al estimar que la actuación del concejal es arbitraria, ya que su publicación busca denostar a un grupo de personas y a su fe religiosa, vulnerando el derecho al honor de los recurrentes y transgrede su libertad de conciencia de una forma desproporcionada en relación a su derecho a la libertad de expresión.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°91.357-2020.

 

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