Indemnidad del daño.
Primer Tribunal Ambiental presenta las bases de conciliación en causa por daño ambiental del Consejo de Defensa del Estado contra Minera Escondida.
Las parte demandante, demandada y terceros coadyuvantes, que en este caso son el CDE, la compañía minera, además, de la Comunidad de Peine y Consejo de Pueblos Atacameños, manifestaron su intención de avanzar en el proceso.

El Primer Tribunal Presentó las Bases de Conciliación con 19 medidas relacionas con la gestión socioambiental y de compensación, en la audiencia realizada por la demanda del CDE contra Minera Escondida por los presuntos efectos asociados al descenso del acuífero del Salar de Punta Negra.
Cabe recordar que en la demanda, el CDE estableció que el daño ambiental causado por la minera se funda en siete aspectos: disminución severa de los niveles del acuífero del salar, lo que compromete su regeneración; el deterioro o menoscabo del sustrato salino; la pérdida total o parcial de los bofedales y su vegetación; la pérdida del ecosistema particular del salar; la modificación o pérdida del hábitat lo que afecta a la fauna; la pérdida de servicios ecosistémicos y la pérdida de biodiversidad.
Entre los argumentos entregados por el organismo, destaca aquella que sustenta la responsabilidad ambiental en por la conducta de la empresa al mantener una extracción permanente y continua de agua fresca subterránea proveniente del acuífero del salar para satisfacer las necesidades de sus faenas mineras entre los años 1990 a 2017.
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