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Accidente del Trabajo.

Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta rechazó demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por chofer que fue declarado con 50% de incapacidad para el trabajo específico.

El actor no probó la fuente de la obligación en que fundó su pretensión.

21 de marzo de 2021

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta rechazó la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por un trabajador que perdió parte de su vista y fue declarado con 50% de incapacidad para el trabajo específico.

La sentencia indica que fueron hechos pacíficos del juicio la existencia de una relación laboral entre las partes, que inició el 20 de marzo de 2006, en cuya virtud el actor se desempeñaba como chofer, sufriendo un accidente del trabajo el 23 de diciembre de ese año, lo que provocó la pérdida paulatina de su vista.

Añade que el actor se encontraba afecto a un instrumento colectivo de fecha 30 de abril de 2008, suscrito con el Sindicato N°1 de Empresa Servicios de Transportes Integrados Ltda., en el que constaba que la demandada contrató para todos los trabajadores un seguro de Vida e Invalidez de la Compañía Chilena Consolidada, por un monto de 500 UF, el que se podía hacer efectivo con la Resolución de Invalidez emitida por la entidad correspondiente.

En seguida, refiere que el 3 de marzo de 2009, la demandada puso término a la relación laboral por las causales de falta de probidad e incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, previstas en el artículo 160 N°1 y N°7 del Código del Trabajo.

Adiciona que, el 4 de enero de 2019, se le otorgó al actor la pensión por invalidez parcial y se declaró que su incapacidad para el trabajo especifico era de un 50%, razón por la cual el actor efectuó una presentación a la aseguradora, la cual le informó que no podía otorgarle la indemnización por el siniestro sufrido toda vez que, al momento del accidente, la demandada había anulado sin causal alguna dicha póliza, lo que fue ratificado por la Comisión para el Mercado Financiero.

Por lo expuesto, sostiene que el objeto del juicio consistió en determinar la procedencia del pago por parte de la demandada de la suma de dinero que habría obtenido el actor por cobro por seguro de vida e invalidez de 500 UF.

En ese orden de razonamiento, expone que el actor no incorporó el instrumento colectivo en que se estipuló dicho beneficio, estimando que no desplegó una actividad probatoria suficiente, como podría haber sido solicitar copia del instrumento colectivo a la Inspección del Trabajo. Añade que tampoco incorporó la póliza de seguros específica, considerando insuficiente la aplicación del apercibimiento del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo, pues no resulta posible otorgarle contenido y, por tanto, desconoce las condiciones acordadas; más aun considerando que el 31 de julio de 2006 se anuló la póliza, mediante endoso, y que se tomó conocimiento por respuesta de la compañía aseguradora el 10 de junio de 2019.

Así, no habiéndose incorporado los documentos en que consta la fuente de las obligaciones en que el actor fundó su pretensión, concluye la sentenciadora que no contó con los antecedentes suficientes para determinar las condiciones que hicieran procedente lo solicitado, por lo que rechazó la demanda en todas sus partes.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta RIT O-36-2020.

 

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