Fiscalización de la Inspección del Trabajo.
Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta rechazó reclamación judicial deducida contra resolución que cursó multa por no pago de la semana corrida.
La reclamante fue sancionada con multa ascendente a 40 UTM.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta rechazó la reclamación judicial deducida en contra de la resolución dictada por Dirección Provincial del Trabajo, que cursó una multa por no pago de la semana corrida.
La sentencia indica que la reclamada sancionó a la reclamante con una multa de 40 UTM por no pagar la semana corrida a los trabajadores que indica, habiéndose constatado que se les remuneró por día en el período comprendido entre febrero y septiembre de 2019.
Agrega que la reclamante fundó su pretensión alegando que la reclamada no tomó en consideración el Ordinario N°1875 de 23 de mayo del año 2019, emanado de la Dirección Nacional de Trabajo, que señala que el Servicio debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la procedencia del pago de la semana corrida; y tampoco consideró lo razonado por la Corte Suprema en causa Rol N°7007-2012, que sostuvo que los trabajadores incorporados en la parte final del inciso primero del artículo 45 del Código del Trabajo afectos a un sistema de remuneraciones mixto, integrado por sueldo mensual y remuneraciones variables, sólo tienen derecho al pago de la semana corrida, en la medida que sus remuneraciones variables sean devengadas día a día y no en una unidad de tiempo distinta. Por tales motivos, alegó que la multa se cursó habiéndose incurrido en una abierta trasgresión a la competencia legal por parte de la autoridad administrativa, al haber excedido el marco de sus atribuciones.
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