Diario Constitucional

En fallo dividido.

CS acoge recurso de amparo y ordena abonar del tiempo que condenado permaneció en prisión preventiva en una causa diversa y en la que, finalmente, resultó absuelto.

El máximo Tribunal consideró que yerran los jueces recurridos al no abonar el tiempo que permaneció el amparado privado de libertad en un proceso previo, a la condena que actualmente está purgando.

Por Redacción·30 de marzo de 2021·4 min de lectura
CS acoge recurso de amparo y ordena abonar del tiempo que condenado permaneció en prisión preventiva en una causa diversa y en la que, finalmente, resultó absuelto.
Referencial

La Corte Suprema acoge recurso de amparo y orden abonar del tiempo que condenado permaneció en prisión preventiva en una causa diversa y en la que, finalmente, resultó absuelto.

La sentencia indica que es indudable que la legislación vigente deja sin resolver expresamente el problema del abono de los tiempos que reúnan las características del solicitado en estos autos; esto es, de un período de prisión preventiva correspondiente a un proceso anterior, en que fue absuelto, al segundo proceso, en que cumple actualmente una condena privativa de libertad. Por ello, debe el juzgador cumplir su obligación ineludible de decidir la cuestión planteada recurriendo a los principios generales del derecho y al sentido general de la legislación nacional e internacional.

La resolución agrega que, entendiendo que el pronunciamiento que acá se emite afecta sólo al presente caso, cuyo contenido se trata de solucionar, estima esta Corte que corresponde acoger lo solicitado por el recurrente, conforme, entre otros, a los siguientes razonamientos que se orientan en esa dirección.

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