Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS revoca y rechaza recurso de protección contra inmobiliaria por amenaza de corte del suministro eléctrico de locatarios de un boulevard de Puerto Varas.

La recurrente carece de un derecho indubitado, ya que se encuentra en discusión la vigencia del contrato de arrendamiento que existió entre la actora y la inmobiliaria sobre los locales del boulevard.

Por Redacción·29 de marzo de 2021·2 min de lectura
CS revoca y rechaza recurso de protección contra inmobiliaria por amenaza de corte del suministro eléctrico de locatarios de un boulevard de Puerto Varas.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que acogió un recurso de protección deducido en contra de la Inmobiliaria Tierra Santa por amenazar a los locatarios del Boulevard Doña Ema de la comuna de Puerto Varas con cortar el suministro de agua y de electricidad de sus locales de venta.

El conflicto surge luego que terminara el contrato de arrendamiento que tenía la Inmobiliaria Tierra Santa con la empresa OHIO National Seguros de Vida, por el cual subarrendaba los locales del Boulevard Doña Ema de la comuna de Puerto Varas. En junio de 2020, el dueño de la inmobiliaria comenzó a proferir amenazas en contra de cinco locatarios del Boulevard, señalando que aún tienen deudas pendientes con él por concepto de subarrendamiento de los locales y los amenazó con cortar el suministro de electricidad y agua de sus locales, indicando a uno de los locatarios que iba a demoler el inmueble donde se emplaza su negocio.

OHIO National Seguros de Vida accionó de protección, acusando que el actuar de la inmobiliaria es ilegal, ya que constituye un acto de autotutela ilícita que vulnera su derecho a desarrollar cualquier actividad económica y su derecho de propiedad.

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