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Recurso de carácter especialísimo.

CS declaró inadmisible impugnación que pretendía la unificación de una situación fáctica.

No era posible la comparación con otras sentencias en lo estrictamente jurídico.

30 de marzo de 2021

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por Agrícola Quilamapu S.A. en contra del fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Chillán, que no hizo lugar a la impugnación que dedujo en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo, que acogió la demanda de despido improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales interpuesta en su contra.

La sentencia del máximo Tribunal señala que la demandada solicitó la unificación de jurisprudencia, respecto si resulta ajustado a derecho que el trabajador demande la existencia de bonos dentro de su remuneración que no constan en el contrato de trabajo y respecto de los cuales tampoco exigió su pago durante la vigencia de la relación laboral.

Al respecto, razona la Corte Suprema, que el legislador laboral ha señalado que es susceptible del recurso de unificación de jurisprudencia la resolución que falle el arbitrio de nulidad, exigiéndose que respecto de la materia de derecho objeto del juicio que existan distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia.

Añade que la Corte debe controlar, como requisito de admisibilidad, la oportunidad del recurso, la existencia de fundamento y una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones a que se ha hecho referencia, debiendo acompañarse copia del o de los fallos que se invocan como fundamento.

Enseguida, puntualiza que de la sola lectura del libelo impugnatorio, se desprende que el pretendido tema de derecho cuya línea jurisprudencial se procura unificar, no es un tópico adecuado de contrastarse con otros dictámenes. Así, advierte el máximo Tribunal, que el modo en que el recurrente formuló la tesis para su examen, reconduce al análisis sobre una cuestión fáctica, eminentemente casuística que, por lo mismo, no constituye un asunto jurídico habilitante de este arbitrio, puesto que imposibilita su comparación en lo estrictamente jurídico con otras sentencias.

Por ello, rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto respecto de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°6748-2021, Corte de Apelaciones de Chillán Rol N°177-2020 y Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán RIT T-53-2020.

 

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