Diario Constitucional

Moción.

Proyecto de ley modifica el Código Civil para considerar a la mujer casada en sociedad conyugal como separada de bienes en la venta de un bien adquirido con subsidio estatal.

La iniciativa estima que lo razonable y justo es que los bienes ingresen efectivamente al patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal.

Por Redacción·01 de mayo de 2021·1 min de lectura
Imagen:freepick
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La moción, patrocinada por las Senadoras Isabel Allende, Carmen Gloria Aravena, Yasna Provoste y Marcela Sabat, modifica el Código Civil para establecer que la mujer casada en sociedad conyugal será mirada como separada de bienes para efectos de la adquisición y venta de subsidios estatales establecidos en su beneficio. Además, modifica la Ley Nº18.196 regula que, para celebrar contratos de compra, la mujer casada beneficiaria de un subsidio habitacional del Estado se presumirá separada de bienes.

La iniciativa plantea que, respecto de la autonomía de la mujer y la protección de su patrimonio reservado, lo razonable y justo es que los bienes ingresen efectivamente al patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal. No es razonable, sostiene la iniciativa, que se mire a la mujer separada de bienes exclusivamente para su adquisición, entrando de todas formas en el patrimonio social para efectos de su posible futura venta.

El proyecto modifica el Código Civil, incorporando un inciso quinto al artículo 150 del siguiente tenor:

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