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Imagen: tatsachen-ueber-deutschland.de
Cambio climático.

Tribunal Constitucional Federal de Alemania resuelve que la Ley de Protección del Clima debe endurecerse.

El legislador deber incorporar normas que especifiquen cómo se ajustarán los parámetros de reducción de gases invernaderos para periodos posteriores al 2030.

6 de mayo de 2021

El Tribunal Constitucional de Alemania consideró que la “Ley de Protección del Clima”, debe ser revisada por el poder ejecutivo para que exista un equilibrio en la carga de responsabilidad climática entre las actuales y las futuras generaciones.

La iniciativa busca una reducción del 55% de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030, en comparación con los niveles de 1990. Además, fija para cada sector económico e industrial, los parámetros aceptables de emisiones de dióxido de carbono.

El caso llegó a conocimiento de la Magistratura alemana, a través de varias denuncias de la sociedad civil. En ellas se afirma que la iniciativa no cumple con los objetivos establecidos en el Acuerdo de París sobre el Clima y que, la lucha contra el cambio climático se ha convertido en un mandato constitucional para el Estado y la ciudadanía.

El Acuerdo de París tiene como objetivo evitar que el incremento de la temperatura media global del planeta supere los 2°C respecto a los niveles preindustriales y busca, además, promover esfuerzos adicionales que hagan posible que el calentamiento global no supere los 1,5°C.

La sentencia señala que, con los objetivos que se proponen, los jóvenes tendrán que afrontar medidas más estrictas para disminuir las emisiones de CO2, que las que se están tomando en la actualidad. En concreto, estima que la regulación pospone, para periodos posteriores a 2030, la implementación de cargas más gravosas para cumplir con el objetivo climático, lo que no tiene sentido, ya que los parámetros de reducción deben alcanzarse con mayor urgencia y rapidez.

Además, estas futuras obligaciones, tendrán un impacto en la libertad de las personas, en todos sus sentidos, ya que cualquier aspecto de la vida implica una actividad que emita gases invernaderos. Por lo que el legislador, debe considerar previsiones que mitiguen estas limitaciones, para salvaguardar la libertad garantizada por los derechos fundamentales.

Por último, el Tribunal considera que las disposiciones legales del proyecto que proponen un ajuste en los objetivos climáticos a partir del 2031, no son suficientes para garantizar que las emisiones sean equivalentes a cero (neutralidad climática) antes de esa época. Por lo que ordena al legislador incorporar normas que especifiquen cómo se ajustarán los parámetros de reducción de gases invernaderos para periodos posteriores al 2030.

 

Vea texto íntegro del fallo (en alemán).

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