La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que desestimó la acción de amparo deducida por tres particulares contra Carabineros y la PDI, debido a que en el contexto de una investigación policial habrían acosado y hostigado a los amparados.
Los recurrentes alegan que han sido sometidos a constantes controles domiciliarios, en circulación en la vía pública y cuando manejan sus automóviles, los que se efectúan sin justificación alguna y de forma permanente, lo que atenta contra sus legítimos derechos.
Exponen que las detenciones de que son objeto les provocan un constante estado de inseguridad y tensión, además de las amenazas y maltratos que efectúan las recurridas, por lo que solicitan el cese de estos actos de forma inmediata y permanente.
La Corte de Antofagasta desestimó el recurso de amparo, al tener presente que los actos denunciados por los recurrentes se desarrollan dentro del marco de una investigación penal, llevada a cabo por las autoridades competentes. Además, el actuar de las recurridas obedece a las instrucciones dictadas por un juez competente o del fiscal a cargo de la investigación, por lo que su ejecución se encuentra dentro de la esfera de sus atribuciones.
No pueden entonces alegar ilegalidad o arbitrariedad respecto del actuar de las policías recurridas, por lo que desestimó la acción constitucional deducida.
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El máximo Tribunal, reproduciendo los argumentos de la sentencia en alzada, la confirmó.
Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema N° 32.673-2021 y Corte de Antofagasta Rol Nº 96-2021.