Diario Constitucional

Lo admitió a trámite con suspensión.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas en causa en la que se solicita desafuero de Dirigentes Sindicales de Codelco.

Se estaría validando jurídicamente la intromisión de la empresa estatal en las decisiones adoptadas por los sindicatos, lo cual vulneraría la libertad sindical.

Por Redacción·26 de junio de 2021·3 min de lectura
Norma que restringe causales de interposición del recurso de casación en la forma en procedimiento de constitución de servidumbre minera, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional admitió a trámite, con suspensión, para pronunciarse sobre su admisibilidad, un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 160, N°1, letra a); 160 N°7; y 174 del Código del Trabajo.

El artículo 160 establece, en lo pertinente, que “El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las siguientes causales: 1.- Alguna de las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, que a continuación se señalan: a) Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones. (…), el numeral 7.- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.” Por su parte, el artículo 174 expresa que “En el caso de los trabajadores sujetos a fuero laboral, el empleador no podrá poner término al contrato sino con autorización previa del juez competente, quien podrá concederla en los casos de las causales señaladas en los números 4 y 5 del artículo 159 y en las del artículo 160”.

La gestión pendiente incide en un proceso laboral seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, en el que la División Chuquicamata de Codelco Chile solicitó el desafuero de dirigentes sindicales de los Sindicatos de Trabajadores N°1, 2 y 3 que, a su juicio, habrían estado involucrados en una supuesta “maquinaria defraudatoria” con la contratación de seguros colectivos de vida en favor de sus afiliados, supuestamente, a través de una corredora, aumentado el valor de las primas de los seguros de vida y accidentes personales lo que llevó a que se pagara a la empresa aseguradora un sobreprecio significativo.

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