"Se acredita que hubo un daño en ella de carácter psicológico, viéndose afectada en la cotidianidad de su vida".
Corte de Santiago confirma fallo que ordenó a cadena de farmacias indemnizar a clienta maltratada por guardia de seguridad.
confirmó en todas las sus partes la resolución impugnada, dictada por el 26° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.

La Corte de Santiago confirmó la sentencia que condenó a la empresa Farmacias Cruz Verde SA a pagar una indemnización de $1.000.000 a clienta que fue maltratada por un guardia de seguridad en local ubicado en la comuna de Puente Alto.
La sentencia sostiene que atendido el mérito de los antecedentes, se confirma la sentencia apelada de doce de abril de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C- 5771-2018.
“Que, con el mérito de los inobjetados documentos denominados querella, sentencia y copia autorizada del expediente de la causa rol 537.783-5 del 1° Juzgado de Policía Local de Puente Alto, unido a la testimonial, prueba pormenorizada en el motivo tercero y lo dispuesto en los artículos 2314 y 2322 del Código Civil, se concluye que la demandada actuó negligentemente, pues dentro de sus dependencias, un guardia del local, maltrató psicológicamente a la demandante, sin ningún tipo de razón ni motivación, no respetando la dignidad mínima que se debe dar a las personas. A mayor abundamiento, aunque dicho trabajador haya sido contratado por otra empresa, su empleador prestaba servicios a la demandada, lo que la hace responsable, de acuerdo a la legislación vigente en la materia y la jurisprudencia”, sostiene el fallo de primera instancia.
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