Diario Constitucional

Guía legal.

Sobre el cambio del orden de los apellidos.

La madre y el padre determinarán al nacer el primer hijo o hija en común el orden de los apellidos con que se le inscribe. Si nacieran otros hijos o hijas comunes se mantendrá el orden que se determinó respecto del primero.

Por Redacción·06 de julio de 2021·6 min de lectura
Sobre el cambio del orden de los apellidos.
Referencial

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se explica la ley que permite que el padre y la madre definan el orden de los apellidos de sus hijas e hijos menores de edad, y que establece un procedimiento para que los adultos cambien el orden de sus propios apellidos. La ley regirá al día siguiente de que se publique el reglamento que la regula, que debe estar en un plazo máximo de cuatro meses.

¿Cómo se define el concepto de nombre en el Código Civil?

Nombre es el conjunto de palabras que sirve legalmente para identificar a una persona. Está formado por el o los nombres propios, y por el o los apellidos con que se encuentre individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento.

Comentarios (1)

  1. David Salazar Nicolás Quezada

    Hola soy yo sordo estoy disculpa para necesito yo tengo vivo solo tiene no familiar respeto faltan padre o mamá quien un casa falta a mi ayudante

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.