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Infracción a la normativa sanitaria Covid-19.

Proyecto de ley que entrega facultades a la Tesorería General de la República para proceder al cobro de las multas originadas en sumarios sanitarios prosigue su tramitación en la Cámara Baja.

Deberá ser conocido por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados.

13 de julio de 2021

Proyecto de ley que persigue facilitar el cobro de multas derivadas de sumarios sanitarios establecidas conforme a las disposiciones del Código Sanitario que el Gobierno ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados durante el mes de junio pasado, avanza en su tramitación en la Cámara Baja.

La iniciativa  se enmarca en el contexto de la pandemia por Covid-19 que afecta tanto a Chile como al mundo, desde diciembre de 2019, y que motivó la dictación de una serie de medidas sanitarias con la finalidad de controlar la propagación del virus, y cuyos incumplimientos se sancionan a través de multas en el marco del correspondiente sumario sanitario.

De acuerdo al proyecto, actualmente existen más de 290.000 sumarios por infracción a la normativa sanitaria Covid-19, de los cuales solo 63.000 terminaron su tramitación, lo que combinado a una baja tasa de pago voluntario, obliga a la Administración a exigir el cumplimiento a través del Consejo de Defensa del Estado en los tribunales ordinarios de justicia.

El procedimiento señalado, en opinión del Gobierno, presenta una serie de inconvenientes, entre los cuales destaca la imposibilidad para el Ministerio de Salud de prestar asesoría al CDE, de aprobar un pago en cuotas o realizar descuentos, o de transigir.

En ese contexto, se propone dotar a la Tesorería General de la República de las atribuciones necesarias para cobrar las multas asociadas a las infracciones sanitarias referidas, por ser esta la repartición que de manera más eficiente puede lograr dicho cometido.

Para esto, el proyecto modifica el Código Sanitario, en el sentido de entregar a la TGR la facultad de gestionar el cobro de las multas, para lo cual podrá hacer uso de sus atribuciones habituales, entre las cuales destaca la retención de la devolución de impuestos a quienes aparezcan como morosos al efecto.

Asimismo, establece que las multas impagas generarán reajuste e intereses, con la finalidad de evitar un enriquecimiento ilícito por parte del infractor.

También propone que las multas, en lugar de ser a beneficio de la autoridad sanitaria, lo sean a beneficio fiscal.

Por último, a través de una norma transitoria se establece la aplicación retroactiva de la normativa  propuesta, siendo aplicable sus disposiciones a todas aquellas multas que se hayan cobrado con anterioridad a su publicación, que registren saldos insolutos y cuya demanda ejecutiva no haya sido notificada aún.

Vea texto íntegro del Mensaje, discusión y análisis en Boletín N° 14.336-11.

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