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Invalidación de oficio por la

Si no se efectúa una imputación precisa de las infracciones en el sumario sanitario, se vulnera el derecho a defensa del afectado.

Aparece de manifiesto que no se realizó tal imputación, sino solamente se indicaron los hechos que el fiscalizador constató, sin mencionar cómo es que ello configuraría eventuales incumplimientos ni el tipo infraccional que sería objeto de la investigación, lo que impidió a la recurrente ejercer debidamente el derecho a la defensa efectiva.

13 de marzo de 2025

Normas que regulan el sumario sanitario iniciado de oficio, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

Requerimiento de inaplicabilidad.

Normas que regulan el sumario sanitario iniciado de oficio, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

La requirente alega que los preceptos legales objetados infringen el debido proceso y los principios de legalidad, tipicidad, proporcionalidad y de inocencia, desde que no sólo se le confiere estatutariamente a la autoridad sanitaria una facultad que no tienen ni los jueces de la República ni el Ministerio Público, sino que, además, permite que se inicie un sumario de oficio, en el que se le califica anticipadamente como infractor, en cuanto se le considera culpable solamente por un hecho constatado por el fiscalizador.

23 de abril de 2024

Normas del Código Sanitario que regulan el ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones sanitarias no producen resultados contrarios a la Constitución.

Requerimiento de inaplicabilidad rechazado con votos en contra.

Normas del Código Sanitario que regulan el ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones sanitarias no producen resultados contrarios a la Constitución.

La ausencia de criterios en la ley permite que las multas impuestas carezcan de fundamentación, salvo consideraciones genéricas insuficientes, por lo que el artículo 174 inciso primero del Código Sanitario vulnera el mandato de interdicción de la arbitrariedad y el deber de proporcionalidad, entrabando el derecho a defensa, en el marco de un procedimiento racional y justo del administrado, e impiden, en definitiva, un eficaz control de lo actuado por la Administración, refiere el voto en contra.

21 de noviembre de 2023

imagen: lagacetasalta.com.ar

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Normas que regulan el valor probatorio de las actas de inspección de los fiscalizadores sanitarios, no producen resultados contrarios a la Constitución.

No es inconstitucional la ley que asigna un valor probatorio a determinados instrumentos. El legislador puede, libremente, establecer un valor probatorio determinado o dejar entregado al juez la ponderación de los medios probatorios y puede dar un valor superior a una prueba cuando quiere despejar futuras controversias, cuando quiere alterar una carga de la prueba. En materia administrativa el estándar lo fija el artículo 35 de la Ley N° 19.880, ante el silencio del Código Sanitario.

28 de septiembre de 2023

Imagen: AARP

Recurso de casación en el fondo desestimado.

No es posible anular vía casación en el fondo una sentencia si los yerros que se alegan se produjeron en el fallo de primer grado que no se recurrió de apelación por los motivos que se reprochan.

Al no recurrir el ISP en contra de la sentencia de primer grado que rebajó la multa impuesta, materia que fue reiterada con declaración por la sentencia recurrida de la Corte de Apelaciones, solo cabe concluir que dicha sentencia no le causó agravio.

23 de mayo de 2022

Juzgado Civil de Santiago confirmó la multa por 180 UTM aplicada a empresa de ingeniería y construcción por infracciones a las normas sanitarias en accidente del trabajo, registrado en edificio en construcción en comuna de Macul.

"Preceptos fueron infringidos a la luz de los antecedentes que efectivamente obran en el sumario".

Juzgado Civil de Santiago confirmó la multa por 180 UTM aplicada a empresa de ingeniería y construcción por infracciones a las normas sanitarias en accidente del trabajo, registrado en edificio en construcción en comuna de Macul.

El Tribunal rechazó, con costas, la reclamación que dedujo la empresa en contra de la resolución sancionatoria dictada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana.

29 de marzo de 2021

Imagen: Poder Judicial

Tribunal se remite al derecho convencional internacional.

Corte de Puerto Montt acoge acción de protección contra Secretaria Regional Ministerial de Salud de Los Lagos por infringir el non bis in idem

“Conforme al principio non bis in idem consagrado en el Pacto de San José de Costa Rica y en el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles, ambos tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile; una persona no puede ser sancionada dos veces por el mismo hecho, como ha sucedido en el caso de autos, por lo que necesariamente deberá acogerse el presente recurso”.

27 de agosto de 2012