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Derecho a la honra.

CS declara admisible recurso de protección interpuesto por la Universidad de Chile en contra de Facebook y YouTube por no eliminar publicaciones difamatorias de una docente.

Del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de las garantías constitucionales.

19 de julio de 2021

La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Santiago, y declaro admisible el recurso de protección interpuesto por la Universidad de Chile en contra de Facebook y YouTube por no eliminar el contenido difamatorio que afecta a una docente.

La recurrente accionó en nombre y a favor de la académica, en razón de los hechos denunciados, los que vulneran las garantías consagradas en el artículo 19 Nº1 y 4 de la Carta Fundamental. Por ello, solicita se ordene el retiro total e inmediato de estos videos y comentarios de las plataformas digitales de las recurridas.

En su libelo, explica que la docente, en tal calidad, participó en un conversatorio dedicado a la promoción de derechos hacia la población migrante. En razón de lo anterior, una cuenta alojada en la plataforma de Youtube publicó una serie de videos con declaraciones discriminatorias, xenófobas y racistas, centrando sus expresiones en la docente, interviniendo y alterando el conversatorio referido.

Agrega que, estos videos se difundieron en distintos grupos públicos de Facebook, lo que llevó a que amigos y conocidos identificaran a la académica rápidamente. Por esta razón, ella denunció estos hechos por los canales internos que disponen estas plataformas digitales, pero ambas se negaron a eliminar las publicaciones, porque según sus normas internas, éstas no infringían las pautas de convivencia. Es así que, a la fecha de la presentación del recurso, este contenido permanece en las páginas web de las recurridas.

Agrega que estos hechos incentivaron a diversos usuarios de estos sitios web a insultarla e incluso amenazarla de muerte. Frente lo cual, Facebook y Youtube reiteraron su negativa a borrar el contenido, solo recomendándole bloquear a aquellos perfiles.

La Corte de Santiago había declarado admisible el recurso solo en cuanto se dirige en contra de la plataforma digital Facebook, porque respecto de Youtube, la recurrente tendría la posibilidad de gestionar ante el mismo sitio web la respectiva eliminación de las publicaciones, cuyo contenido estima inapropiado.

La Corte Suprema revocó la resolución y declaró admisible el recurso también en contra de Youtube, toda vez que, advirtió que del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Carta Fundamental.

 

Vea texto de la resolución Corte Suprema Rol Nº42.874-2021, Corte de Santiago Rol Nº4.377-2021 y del recurso.

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